Carlos Sánchez Berzaín entrevistado en RTP: Lo que ha
sucedido en el incidente de Jorge Glas tiene que ver con los conceptos de
represalia, licitud y socialismo del siglo XXI.
La represalia en Derecho Internacional Público es “la medida
de coerción adoptada por el Estado perjudicado frente al Estado autor de un
hecho internacionalmente ilícito” una forma de “guerra sin combate”. Esta es la
naturaleza jurídica de la crisis entre Ecuador y México, con disputa de licitud
que refleja el choque entre democracia y socialismo del siglo 21 o
castrochavismo.
La discusión de la licitud de la represalia en situación de
paz como cuestión de derecho y sus consecuencias políticas es muy extensa y
diversa, pero rige el principio que “las represalias únicamente son licitas
cuando se ejercitan contra el estado culpable de la violación del Derecho
Internacional y no contra terceros”. Se considera que “un acto de represalia es
ilegal en sí, pero es aceptado de forma valida y excepcionalmente como
respuesta a un acto ilegal de otro Estado”. La represalia es lícita frente a un
acto ilegal.
La controversia entre Ecuador y México se produce por la
situación del exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, “condenado por los
delitos de asociación ilícita (2017) y cohecho agravado (2020) en conexión con
la trama Odebrecht, con condenas en sentencias ejecutoriadas a 6 y 8 años de
prisión respectivamente. En noviembre de 2022, Glas salió de prisión después de
cuatro años y medio tras un recurso de hábeas corpus. La Corte Constitucional
de Ecuador ratificó las sentencias contra Glas anulando sus recursos de habeas
corpus porque “vulneraron el debido proceso, la seguridad jurídica, la
naturaleza del habeas corpus y la competencia de funciones en el sistema
judicial”.
México con López Obrador ha abusado continuamente de la
diplomacia del derecho de las relaciones internacionales, de la inmunidad, del
asilo para proteger la violación de derechos humanos y para proteger las
dictaduras.
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