Carlos Sánchez Berzaín entrevistado en RTP: Lo que ha sucedido en el incidente de Jorge Glas tiene que ver con los conceptos de represalia, licitud y socialismo del siglo XXI.

La represalia en Derecho Internacional Público es “la medida de coerción adoptada por el Estado perjudicado frente al Estado autor de un hecho internacionalmente ilícito” una forma de “guerra sin combate”. Esta es la naturaleza jurídica de la crisis entre Ecuador y México, con disputa de licitud que refleja el choque entre democracia y socialismo del siglo 21 o castrochavismo.

La discusión de la licitud de la represalia en situación de paz como cuestión de derecho y sus consecuencias políticas es muy extensa y diversa, pero rige el principio que “las represalias únicamente son licitas cuando se ejercitan contra el estado culpable de la violación del Derecho Internacional y no contra terceros”. Se considera que “un acto de represalia es ilegal en sí, pero es aceptado de forma valida y excepcionalmente como respuesta a un acto ilegal de otro Estado”. La represalia es lícita frente a un acto ilegal.

La controversia entre Ecuador y México se produce por la situación del exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, “condenado por los delitos de asociación ilícita (2017) y cohecho agravado (2020) en conexión con la trama Odebrecht, con condenas en sentencias ejecutoriadas a 6 y 8 años de prisión respectivamente. En noviembre de 2022, Glas salió de prisión después de cuatro años y medio tras un recurso de hábeas corpus. La Corte Constitucional de Ecuador ratificó las sentencias contra Glas anulando sus recursos de habeas corpus porque “vulneraron el debido proceso, la seguridad jurídica, la naturaleza del habeas corpus y la competencia de funciones en el sistema judicial”.

México con López Obrador ha abusado continuamente de la diplomacia del derecho de las relaciones internacionales, de la inmunidad, del asilo para proteger la violación de derechos humanos y para proteger las dictaduras.

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